El modelo coparental, como paradigma familiar plasmado en la tuición
compartida y que significa la custodia física y legal conjunta
con períodos alternativos determinado por ambos padres, marco equitativo
que permite tutelar en asistencia interparental la protección de
los hijos, cimentando el ejercicio de sus capacidades de parentalización,
para restablecer los deberes y derechos del paternaje y maternaje.
Desde esta perspectiva, el tiempo compartido con la madre
y el padre, le permitirá a los hijos una mayor cercanía
afectiva, conservar las redes de parentesco intra e intergeneracional
de ambas familias de origen y el derecho de contar con sus representaciones
parentales que simbolizan emocionalmente su jerarquía vinculativa.
El mecanismo propulsor de la realidad coparental, radica
esencialmente en el esfuerzo de separar parentalidad de conyugalidad
especificidad que define el arduo y abnegado compromiso de ser padre y
madre sin ser una dualidad y significación que debe sensibilizarlos
frente al hecho irrefutable, de que sostendrán de por vida, sólidas
obligaciones de continuidad coparental orientadas a preservar el vínculo
parento-filial.
Una vez plasmados estos pasos, ya sea peldaño a
peldaño, se erige una construción inmodificable que debe
ser filtrada permanentemente, orientada al logro de compartir la responsabilidad
coparental, en base a que los hijos tienen el derecho a la afectividad
continua y al rol socializador proporcionado por ambos progenitores, lo
que implica el esfuerzo de ellos para convertirse en aliados parentales
y modelos solidarios para armonizar y estabilizar el desarrollo bio-psico-social
del niño, post separación conyugal.El privilegio de la tuición
compartida aporta una serie de beneficios al grupo familiar disuelto.
Conjuntamente con las consideraciones prácticas
que emanan de la investigación surge la definición de tuición
compartida, que deja la facultad de su ejercicio a dos ex cónyuges,
que siguen siendo padres y en este sentido precisa, " que la asociatividad
solidaria de una pareja coparental, es el referente que modula la función
paternal en un clima y equilibrio interaccional dinámico, anclada
en la autonomía y resguardo del interés superior del niño,
que en su estilo cooperativo reforma y potencia la tutela interparental
orientada al ejercicio recíproco de los roles socioafectivos y
como alianza coparental constituye el espacio vincular que opera como
soporte mutuo en la trama emocional con los hijos, en beneficio de la
dinámica interaccional de la familia post-separación conyugal.
La coparentalidad es la fórmula mágica que
configura la dinámica coparental socioafectiva orientada a la preservación
del vínculo paterno-filial, al desarrollo psicosocial de los hijos
y beneficia el clima y el equilibrio funcional de los patrones interacionales
de la familia post-separación conyugal, porque en definitiva, se
orienta a la necesidad íntima del niño de contar con ambas
imágenes parentales que simbolizan su jerarquía vinculativa.
M. Guisella Steffen Cáceres
Licenciada en Familia y Magíster en Ciencias
de la Educación,
con Mención en Orientación, Relaciones Humanas y Familia
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