De cara a las diversas constelaciones contemporáneas que
configuran la dinámica relacional de la familia, es posible evidenciar
la nueva función paternal, pero ¡oh asombro¡ ésta
se congela al vacío, post-separación conyugal.
Desinstalar el paternaje una vez finalizada la relación,
constituye la gran paradoja moderna y explicaría cuán minimalista
es la concepción de la paternidad y cuán maximalista es
la noción de la maternidad en el ámbito sociojurídico
y familiar.
La respuesta alude al analfabetismo que suscita el nuevo
rol paterno y quiero ser justa al reflexionar, admitiendo que éste
rol, en algunos casos es de ejercicio relativo, derivado del estadio transicional
que vivimos en nuestro entorno cultural.
El desconocimiento opera a nivel del Derecho, por tanto,
las sentencias que emanan los tribunales de menores, se ajustan objetivamente
al derecho escrito. Es imprescindible, que la ley jurídica que
regula el cuerpo social, norme también el rol del paternaje, para
reinstalar los derechos amputados por la separación y para impedir
una ausencia confirmada en los veredictos judiciales.
El desconocimiento opera a nivel de una familia disuelta,
por tanto, la carga emocional de la esfera interpersonal que portan los
ex- cónyuges se ajusta al plano subjetivo. Es imprescindible, que
el proceso de mediación y ayuda terapéutica, rescate el
rol del paternaje, para recuperar su presencia socioafectiva en el vínculo
parento-filial.
Pareciera ser que las apreciaciones expuestas justificaran
el desconcierto del rol paterno post-separación conyugal, pero,
en rigor, son las señales que emite una sociedad enferma y un Derecho
retrógado, porque en definitiva, ambos potencian la familia disuelta
y apuestan por la paternidad desechable.
¡Nuestra sociedad y nuestro Derecho tienen una deuda
pendiente con la familia rota¡
M. Guisella Steffen Cáceres
Licenciada en Familia y Magíster en Ciencias
de la Educación,
con Mención en Orientación, Relaciones Humanas y Familia.
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