UNA CAUSA X - UN PADRE X- UNA CIUDAD X

 (Abril, 2005)

OTRA VEZ LA PESADILLA      "falsa alegación de abuso sexual"

Normalmente  los padres acusados de abusos deshonestos por sus ex cónyuges, me solicitan ayuda profesional para asistirlos en esta problemática, que pone de manifiesto el desarrollo lesivo de síndromes varios, tales como ( Saíd, Progenitor Delirante, Diadas Acusador Acusado, Nuevas Parejas, Turkat, Medea) en concordancia con  el conflicto subyacente y el objetivo de la conducta alienadora como expresión  del Síndrome de Alienación Parental,(   desorden mental que emerge en el contexto de las disputas de custodia infantil, resultado de la combinación de lavado de cerebro de un padre programador y de las propias contribuciones del niño para deshonrar al padre víctima).

En el caso en comento,  me correspondió ser perito de la Defensa (por tanto no puedo señalar  la causa, el lugar y la persona), pero,  como esta situación  refleja otras similares, me permito darles a conocer esta en particular, por la extravagancia del veredicto, que evidencia un fallo desatinado, basado en una serie de irregularidades  y que traduce la condena de un hombre inocente por el  Tribunal Oral en lo Penal de la ciudad a la pena de diez años y un día, por el delito de violación, en contra de su propio hijo.

Desde el enfoque personal, tras un estudio clínico dinámico del padre, la nueva pareja y de los expedientes, llegué a la conclusión que  la falsa acusación anudaba una estructura compacta de mecanismos interpenetrados, que curiosamente fueron causales de la sentencia:

1.- PATERNIDAD COMPROMETIDA

Esta situación curiosamente pareciera devenir de la paternidad comprometida producto del proceso madurativo de la conciencia de la paternidad contemporánea,  proceso que se inicia por la crisis a nivel de identitario masculino y del cuestionamiento de la paternidad, por quiebre de las estructuras patriarcales.

 

 Desde la relación entablada  de no cohabitación sino de pololeo, nació hace 6 años un niño que su padre  reconoció de inmediato, en forma espontánea entregó la cuota alimentaria mensual y solicitó visitas establecidas, dado que después de un tiempo no se le permitía ver su hijo.

Este padre insistió para estar con su hijo, porque construyó un vínculo de apego cariñoso, amoroso, tierno y muy cómplice con el niño. Se dedicó a  paternar y fue una una presencia cotidiana  comprometida e involucrado en todos los aspectos del niño.

 2.- INTERFERENCIA CRÓNICA EN LAS VISITAS

Durante tres años seguidos y en forma permanente, la madre ha puesto trabas para que el padre concrete el contacto directo y regular con su hijo como lo establece la ley, (interpretando a su manera la sentencia judicial) dado que el ancla de las disputas ha sido el reiterativo tema del encuentro con el hijo.

 En este contexto, las visitas se interponen en Julio 16, 2001, pero:

  • El niño ha sido escondido para que el padre no tuviera acceso a la salida decretada por el tribunal.

  •  Se le ha entregado al padre  fuera de la hora prevista.

  •  Simplemente no se le ha permitido la salida, aduciendo cualquier motivo. Esto ha motivado el  aviso de incumplimiento a Carabineros (constancia)

  • Cuando estuvo enfermo no  dejó entrar al padre a la casa materna, porque estaba con fiebre, durmiendo, etc.

  • Licencias permanentes a través de distintos  facultativos (  Médico Cirujano, Médico de la Asistencia Pública,  Pediatra, señalando cuadros  de otitis, bronquitis  obstructiva, faringe obstructiva, conjuntivitis, estados febriles.

  •  Si bien es cierto el niño pudo estar realmente enfermo, pero las reiterativas licencias médicas son indicadores de desacato a la autoridad y al derecho de paternar.

 Logro de la exclusión del vínculo paterno-filial. (Suspensión de visitas, Mayo 2003)

  •  La madre organiza  actividades con el niño durante el período que el padre debía normalmente ejercer su derecho de visita, especialmente el día domingo para impedir el contacto entre ambos.

  •  El rol maternal en la cotidianeidad lo asume la abuela, que está al cuidado del niño, lo que estaría indicado a su vez, que el niño no ha sido cuidado con esmero, dada las frecuentes enfermedades diagnosticadas.

  •  Desvalorizó e insultó al padre delante del niño.

  • Rehusó informar al padre respecto  de actividades del jardín infantil.

  • Habló de manera descortés del nuevo cónyuge de su ex pareja.

  • Lo demanda por maltrato psicológico en circunstancias, que le canceló parcialmente los estudios universitarios.

  • Impidió el acceso a los expedientes escolares y médicos del niño.   Desvalorizó la ropa que el padre le compró, dictaminando que era fea, por tanto, prohibió su uso.

  • Reprochó al padre respecto de la higiene, ropa, cuidado y  comportamiento del niño.

  •  Emisión de quejas constantes, porque el padre no devolvía la muda de ropa; que lo exponía demasiado al sol, que el potito lo traía con arena; que el regalo de Navidad paterno quedara siempre en la casa del padre y que debería tenerlo en casa materna, porque de lo contrario sería presión psicológica; que el niño se enferma cuando visita al padre, que el niño llega cansado y con sueño, etc.

  • La madre estableció una relación simbiótica de estrecha dependencia con el hijo, motivo por el cual no podía separarse porque según sus palabras,  ' me muero si no duermo con mi hijo' . Esta manifestación sitúa al hijo como propiedad de la madre y  claramente traduce las características del comportamiento alienador (madre sobreprotectora con celo y apego excesivo ).

  • Al padre se le otorgaron visitas, pero, éstas no sólo se espaciaron sino que se detuvieron a través de un exceso de certificados médicos.  

  • Finalmente el padre, y  muy desesperado, solicita ampliación de visitas. Afortunadamente éstas fueron concedidas por el tribunal, PERO, la madre del niño interpone una querella de falsa denuncia.... curiosamente cuando se estableció  la mayor periocidad del contacto.

3.-INCAPACIDAD DE LA PAREJA DISUELTA PARA SEPARAR LOS RESENTIMIENTOS RESIDUALES

El  conflicto, se gatilla como resultante de la relación simbiótica de la madre con el niño y por el hecho que su antigua pareja se compromete con otra mujer y se casa. Este cambio en una relación inestable y muy vulnerable, fue el  detonante que agredió la vulnerabilidad narcicística de la madre, espacio por donde se coló el comportamiento alienador, comprometido entre el síndrome de Turkat  (madre maliciosa: puede llegar al extremo de mentir a un terapeuta y conseguir que testifique a su favor, llegando a realizar falsas denuncias de abuso sexual ) y el de Münchhausen  de tipo contemporáneo (en los casos en los que el progenitor SMP se siente rabioso o rechazado por la separación,  puede manipular la atención médica del niño e involucrarle en falsas acusaciones de abuso para cumplir múltiples funciones, incluyendo la venganza, el mantenimiento del lazo simbiótico con el niño y la preservación de la libertad  para proseguir con su comportamiento SMP. Se hace evidente el  exceso de licencias otorgadas al niño,  matiz que refleja el  propósito de impedir el contacto paterno-filial.

 

4.-CONFLICTO INTERPARENTAL IMPIDE EL DERECHO A PATERNAR

Se observa conflicto interparental agudo y un  estado de discordia permanente. Ambos padres, se representan como intermediarios querellantes, y el contexto que los rodea es judicial, porque se ha privilegiado el litigo e implica que la violencia psicológica está presente. El conflicto se cristalizó y se exteriorizó a través del comportamiento alienador de la madre, quien ha impedido por largos tres años,  que el padre pueda visitar a su hijo, ya que fue considerado culpable desde el momento que el informe del médico forense confirma el caso de penetración anal el cual ha sido  exhibido como prueba condenatoria. En palabras simples, un informe médico se transformó en una acusación.

 

5.- INCAPACIDAD DE EMPATIZAR CON EL INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO

5.1.- Esta incompetencia insulta  a la infancia y desde esta perspectiva, es inconcebible tanto la falsa denuncia, como el manejo de algunos profesionales de la salud mental (al emitir diagnósticos extendidos como pruebas irrefutables de culpabilidad) )  así, como la ignorancia absoluta respecto de la importancia  en el proceso de los afectos y la estabilidad psicosocial que proporciona la presencia cotidiana vinculativa de ambos progenitores en la vida del hijo. La  madre es una profesional que trabaja con niños,  específicamente con párvulos (?).

5-2- Se ha permitido declarar al niño en varias ocasiones, por lo  cual ha estado sometidos a entrevistas y terapias sugestivas e inductivas.

Por este motivo, la Corporación de Padres por la Igualdad Parental  (PIP) de la cual soy vice-presidenta, solicitamos en la Declaración de Santiago 2004: "que  los niños jamás sean llevados a declarar ante un Tribunal de Familia, ya sea ante un juez o ante un funcionario judicial a fin de aminorar el conflicto de lealtades. En caso de ser estrictamente necesaria su participación en un juicio, proponemos que sean entrevistados por profesionales idóneos en dependencias distintas a las de un tribunal para que no sean intimidados ni puestos bajo presión indebida".

Las alegaciones falsas de abuso sexual, tienen efectos psicológicos potencialmente devastadores para los niños, independientemente si al término del proceso se puede clarificar las circunstancias. Los procesos judiciales generan aprensiones, y en este sentido y sobre todo en un niño, el ser objeto de atención sexual puede generar inseguridad y manifestar a futuro complicaciones con su sexualidad adulta.

De las irregularidades de la Fiscalía y aceptados por la tríada de jueces componentes del

La finalidad del  proceso evaluativo,  es situar las declaraciones emanadas del niño en un  contexto tan extenso como sea posible para mejor diagnosticar y resolver. Pero, no obstante, una vez formaliza la investigación:

 1.- La  Defensa solicitó realizar una nueva pericia física al niño, a ser practicada por un profesional experto en Sexología Forense" pero,  tanto el Ministerio Público, como el Tribunal de Garantía, se negaron a dicha diligencia, así como negaron la posibilidad de realizar pericias psicológicas practicadas por profesionales expertos en falsos recuerdos y sugestibilidad.

2.- Se eludió asimismo, una intervención sistémica entre los miembros de la familia del progenitor custodio. El menor ha sido inducido  a idear, por la abuela y la madre, a  pesar de la existencia de un  vínculo normal y afectivo con el padre. Esto dice relación con el deseo del niño de agradar y aliarse con la madre, frente al temor de ser abandonado, tras previa experiencia de vivenciar la pérdida de una de sus figuras centrales de apego, su padre.

.3.- La motivación del perito profesional, se basa en controlar su maestría en conjunto con una cuidadosa demarcación de los alcances de su conocimiento, pero, cuando excede los límites de su dominio, atropella  el rol del perito forense, porque presume descubrir componentes probatorios, con lo cual insinúa conclusiones legales.   Esto se observó claramente en el diagnóstico de una psicóloga que señaló:" El aspecto de difusión de identidad, especialmente en la identidad sexual no descarta la posibilidad de haber cometido sodomía, sin embargo la evaluación no confirma este hecho.. Respetable su diagnóstico, pero sugerir al tribunal que se continúe con la negativa de régimen de visitas hasta el fallo del juicio por abuso sexual, como medida de protección al menor, excede la competencia de su rol".

4.-Respecto del menor, no se consideraron las variables cognitivas, de personalidad y problemas conductuales, respecto: del nivel evolutivo, síntomas depresivos, síntomas de trastorno pos estrés traumático, presencia y/o ausencia de miedos, trastornos somáticos (alteraciones del sueño, alteraciones del hambre, cefaleas, abdominalgias, enuresis, encopresis,etc.), las habilidades sociales del menor, conducta (presencia de agresividad,  etc.),  rendimiento escolar (dificultades de concentración, bloqueo,etc).   Estos factores no establecen un diagnóstico, pero sí permiten formular hipótesis.    

En este sentido, " el síndrome del niño abusado, está basado en intuiciones clínicas más que en datos empíricos. Por tanto, en el presente estado de la Ciencia, sólo puede ser usado para plantear un tratamiento o una hipótesis clínica, pero, pervierte el proceso legal si es considerado como elemento de validación o de prueba sobre si existió o no abuso, por ser considerado poseedor de un grado de certeza que no le es propio”. (Amber B *, 1987; People * vs. Beedsoe *, 1984)                                                                         

5.- El niño  manifiesta cambio de narrativa, lo que pareciera devenir de un exceso de entrevistas, motivo por el cual probablemente su actitud y comportamiento en ocasiones sea evasivo.  En este contexto, es necesario considerar el frágil sentido de la realidad  infantil. A su vez, es importante averiguar el número de veces que se le ha preguntado al niño por lo sucedido, y  remarcar este último factor, ya que  cada vez que se relatan unos hechos pasados, su representación en la memoria se va modificando y cada nueva pregunta  proporciona nuevos datos   y el niño  las puede integrar como hechos verídicos cuando en realidad no han pasado.                                                                         

Como consecuencia de las secuelas disociadoras de esta falsa denuncia de abuso sexual, dado que se reforzó la postura de la acusación materna, el  término de la historia de un caso X,  en una ciudad X,  sintetiza a un nuevo padre  que enfrentó la  pérdida total de su derecho a paternar, plasmado en el dolor de saber que  la obstrucción del vínculo afectivo con su hijo es de por vida. Esto equivale a la muerte de un  padre X  y a la orfandad de un  hijo X.

¿Podemos seguir permitiendo esta nueva perversidad X ?

 María Guisella Steffen Cáceres

Magister en Ciencias de la Educación con Mención en Relaciones Humanas y Familia y Licenciada en Familia

  

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